VIOLACIÓN DEL DERECHO LABORAL
2008-04-22.
Aimée Cabrera, Periodista Independiente
Los cubanos con vínculo laboral que intentan su salida legal del país a
través de la Oficina de Refugiados, ubicada en la Sección de Intereses
de los Estados Unidos de América, SINA, suelen ser hostigados, y pueden
hasta ser despedidos.
Los hermanos Daniel y Pedro Reina Montano pasaron **** esta amarga
experiencia y describen los hechos al Buró de Asesoramiento Jurídico
Laboral, que preside la Dra. Maybell Padilla Pérez, una de las
instituciones para ayudar al obrero, con que cuenta el Consejo Unitario
de Trabajadores Cubanos, CUTC.
Daniel Reina Montano reside en calle Peatonal A, #22, entre calles 22 y
24, Reparto 13 de Marzo, en Perico, Matanzas. Trabajaba como custodio en
la Escuela Primaria "Ñico López", sita en calle Julián Domínguez S/n,
entre calles Campo y Alzugaray, en la misma localidad matancera.
Llevaba 4 años como trabajador, y el 7 de noviembre del 2007, le fue
aplicada la medida de separación definitiva del centro, sin haber
incurrido en ninguna indisciplina laboral, y manteniendo una conducta
adecuada no solo en su labor sino como ciudadano.
Muy parecido fue lo que le sucedió a Pedro Reina Montano, vecino de
calle Infiesta, # 11, también en Perico, su labor como custodio la
desempeñaba en la dependencia del Instituto Nacional de De****te y
Recreación, INDER, y allí trabajó durante 7 años.
A Pedro le aplicaron igual medida disciplinaria el 25 de noviembre del
2007, y sin haber tenido problemas anteriores en su centro laboral, tuvo
que sufrir la humillación de ser expulsado, **** el solo hecho de haber
asistido a la Oficina de Refugiados de la SINA.
Otro caso es el de Juan Pablo Pinet Díaz, quien vive en calle 15, # 3,
Central España Republicana, también en el municipio matancero de Perico.
Él trabajaba como maestro emergente en la Escuela Primaria "René Fraga
Moreno", ubicada en la ciudad de Matanzas.
Allí realizó su tarea de educador **** un período de 3 años hasta que
el
20 de septiembre del 2007, le fue comunicada su separación definitiva de
este centro escolar **** la directora Melba Alonzo y la subdirectora
Mayrí García.
Pinet expone que después de comparecer a la primera entrevista como
refugiado político en la SINA el 18 de septiembre, fue a incor****arse el
20 a su labor educacional, y es entonces cuando la directora lo llama
para comunicarle que no puede seguir impartiendo clases en este colegio.
Alonzo le enfatizó que, al pertenecer a un grupo de los Derechos Humanos
-que es como se le nombra en Cuba a las diversas organizaciones ilegales
que son parte de la sociedad civil- podía incurrir en tergiversar la
mente de sus alumnos .
También la directora le expresó que él podía intercambiar comentarios
inadecuados con el resto de los maestros y trabajadores de esta escuela,
**** lo que había que imponerle la drástica sanción, aclarándole que no
podía ir a dicha escuela ni de visita, pues ya no era confiable, y podía
perjudicar a los demás.
García, **** su parte, le comunicó que el día 27 fuera a hacer la
entrega
pedagógica, pero esto no fue más que una artimaña para convocar al
resto
de los trabajadores y hacerle un acto de repudio para desacreditarlo.
No obstante las presiones ejercidas **** los miembros del Consejo de
Dirección y el Sindicato, algunos de los trabajadores se opusieron a
participar en esta actividad humillante, **** considerar que Pinet era un
buen maestro y ciudadano.
Estos tres casos son ejemplo de la violación laboral llevada a cabo ****
las administraciones en conjunto con el Sindicato , donde se obvia el
buen trabajo realizado **** los trabajadores y son sancionados y
marginados **** sus afiliaciones políticas, contrarias a las que exige el
Gobierno.
http://miscelaneasdecuba.net/web/article.asp?artID=15005


|